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Ayudas

PROGRAMA DE AYUDAS PARA EL IMPULSO Y CREACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS EN ALAVA (AUSARTU-2008)

Potenciar y regenerar el tejido empresarial de Alava mediante la creación de nuevas empresas.

OBJETO

Potenciar y regenerar el tejido empresarial de Alava mediante la creación de nuevas empresas, el apoyo a aquellas de reciente constitución, la diversificación de empresas ya existentes que generen nuevas estructuras empresariales y la implantación de nuevas empresas en el Territorio Histórico de Alava, buscando que se genere un nuevo tejido productivo donde la variable de la innovación sea clave en el devenir empresarial.

BENEFICIARIOS

Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente Programa los siguientes promotores o empresas que tengan proyectos de carácter innovador:

a) Promotores individuales con un proyecto de creación de una nueva unidad empresarial.
b) Empresas alavesas que deseen diversificar su actividad, presentando un proyecto concreto de creación de una nueva unidad empresarial.
c) Empresas con sede fuera de Alava que deseen implantar su actividad en nuestro Territorio.
d) Empresas alavesas que estén ya constituidas y tengan una antigüedad máxima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud y se encuentren aún en fase de lanzamiento de su actividad.

Pueden presentar la solicitud tutelados por entidades públicas o privadas con amplia tradición y experiencia en el campo del desarrollo de nuevos proyectos empresariales y apoyo a nuevos promotores, lo cual se valorará positivamente.
 
Las empresas deben hallarse al corriente en Hacienda y Seguridad Social, quedando excluidas las del sector agropecuario y proyectos con participación accionarial del sector público.

TIPO DE AYUDA

Serán subvencionables aquellos gastos coadyuvantes a la puesta en marcha de los proyectos, entre los que se podrán incluir los correspondientes a:

- Profundización y desarrollo de estudio de mercado y/o viabilidad.
- Gastos de lanzamiento de la empresa.
- Informes y estudios técnicos específicos.
- Gastos derivados del diseño y construcción de prototipos.
- Gastos de inversión en el caso de que la unidad empresarial esté constituida en el momento del abono de la subvención (excepto inmuebles, terrenos y vehículos).
- Y en general, aquellos gastos considerados primordiales para la puesta en marcha de nuevos proyectos.

No serán subvencionables, entre otros, los siguientes gastos:

- De constitución de la empresa.
- Dietas y kilometraje, excepto para el análisis del proyecto de negocio.
- Coste, en su caso, de los técnicos de las plantillas de las entidades tutoras.
- Gastos corrientes, como alquileres, luz y teléfono.
- Reformas y decoración de oficinas y locales.
- Costos de personal de la propia empresa.
- Patentes, salvo que estén enmarcadas en un proyecto de viabilidad de empresa.
- IVA.

Los proyectos de creación de nuevas unidades empresariales deberán ser implantados en el Territorio Histórico de Álava.

Serán subvencionables de los proyectos iniciados en el año 2008, las actividades que se desarrollen hasta diciembre de 2008 y de los proyectos iniciados anteriormente, las actividades que se abonen en el ejercicio 2008 y las que se desarrollen hasta diciembre de 2008.

Las ayudas se materializarán a través de subvenciones que podrán alcanzar hasta un máximo del 50% del presupuesto de gastos aprobado, con un límite máximo de 20.000 euros por proyecto, de los cuales como máximo 10.000 euros podrán provenir de las inversiones a realizar.

Si las actividades que se desarrollen en el proyecto se realizan en varios ejercicios se podrá presentar dicho proyecto a sucesivas ediciones de las presentes ayudas, aplicándose dicho límite al conjunto de todas ellas.

Este programa esta cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

En Registro General, desde la publicación en el B.O.T.H.A. hasta el 26 de mayo 2008.

NORMATIVA

Decreto Foral 26/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el programa de promoción de nuevas unidades empresariales (AUSARTU) para el ejercicio 2008. (BOTHA nº 46, de 23 de abril de 2008).

Fuente: DIPUTACIÓN FORAL DE ALAVA

[15/04/2008 - HAZIBIDE]

 

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